¿Cómo afecta la nueva legislación en autoconsumo al sector autotransporte y logística?
Desde hace muchos años en México la figura del autoconsumo ha sido parte del esquema operativo energético de nuestro país. Numerosas empresas de sectores verticales como logística, manufactura y comercialización de insumos emplean este tipo de instalaciones para para abastecer a sus flotillas.
De acuerdo con el Reglamento de la Ley del Sector Hidrocarburos publicada el pasado 3 de Octubre de 2025 donde en su artículo 3 define al autoconsumo como toda aquella actividad que consiste en recibir, guardar y suministrar petrolíferos exclusivamente para el suministro a vehículos propios de la persona o empresa permisionada. Por ello, la Comisión Nacional de Energía esta por emitir una regulación que le permita a los nuevos regulados, contar con un marco jurídico eficaz y eficiente, mientras que le permita a la autoridad la supervisión y vigilancia tanto de la procedencia del producto, como de los sitios donde se consumen los energéticos.
La autoridad está por establecer el Programa para la Regularización de personas que realizan la actividad despacho para autoconsumo de petrolíferos, el cual está próximo a emitirse y sentará un nuevo contexto regulatorio para esta actividad en nuestro país.
Para este efecto, la CNE esta por implementar un mecanismo transitorio de regularización y registro de las personas tanto morales como físicas y empresas públicas del estado y entidades paraestatales, que permita obtener información sobre dichas actividades, garantizar la continuidad operativa, el suministro de petrolíferos, así como la trazabilidad y supervisión de las operaciones
El programa de regularización se estima que contemple, en una primera etapa, el registro de personas interesadas en obtener un permiso de despacho para autoconsumo, así como identificar el número y características de las instalaciones que actualmente operan.
Los titulares de un permiso de comercialización y/o distribución de hidrocarburos o petrolíferos, podrán dentro de la vigencia del acuerdo y a los plazos que están por establecerse, seguir realizando sus actividades permisionadas y deberán celebrar contratos de compraventa de petrolíferos con las personas registradas ante la CNE.
La primera etapa del Registro tiene por objetivo no solo establecer los lineamientos de esta nueva normativa del sector energético, sino también; i) identificar el número y características de todas las instalaciones que se encuentran operando actualmente en el país; ii) listado de unidades que se abastecerán; así como, iii) el Distribuidor y/o Comercializador de quien adquiere el petrolífero; entre otros datos.
Cabe destacar que de acuerdo con datos de la firma F.RuizeHijos, empresa mexicana especializada en la comercialización y distribución de combustible a nivel nacional, se estima que actualmente tan solo en México, existen un poco más de 20,000 autoconsumos por todo el país.
En palabras del Lic. Alberto Valdivieso director general de F Ruiz e Hijos: “Hoy más que nunca la continuidad en la operación de una empresa no puede ponerse en juego. Sin lugar a dudas el nuevo marco regulatorio para autoconsumo es positivo para el sector, por lo cual es vital que quienes tengan autoconsumo se alíen con proveedores serios, motivo por el cual desde hace más 90 años hemos desarrollamos un portafolio integral de soluciones para el Mercado energético, con un alto grado de compromiso de servicio, y entrega del producto en tiempo y forma a un precio justo de mercado”
Para el caso específico del sector de autotransporte y logística en México, los especialistas de la firma F.RuizeHijos destacan que de acuerdo con la Ley del Sector Hidrocarburos (LSHC) y el Reglamento de La Ley del Sector Hidrocarburos (RLSHC), las empresas de Transporte Y Logística deben seleccionar con mucho cuidado a su proveedor de molécula, y asegurarse que cumpla con todos los lineamientos vigentes establecidos por la autoridad.
Actualmente la firma encabezada por Lic. Valdivieso cuenta también con una Solución para llevar un Control Preciso del suministro del producto a sus unidades, el cual resulta un elemento clave en la operación diaria de aquellas empresas que cuentan con tanques de autoconsumo para tener la información tanto estadística, precisa de consumos y rendimientos por cada unidad, con ahorros estimados de entre un 5 y 7 %.
El nuevo Programa para la Regularización de empresas que realizan la actividad de despacho de autoconsumo de petrolíferos establece retos para los nuevos regulados como el cumplimiento de los Controles Volumétricos y cumplir con la documentación vigente; por lo que la firma, también brinda acompañamiento en todo el proceso a las empresas que así lo requieran.
Si bien es cierto que históricamente la gestión de tanques de diésel o gasolina para flotillas propias y maquinara ha sido una ventaja operativa, hoy esta actividad está por dejar de ser privada para convertirse en una actividad regulada, por lo que la presente normativa no es necesariamente un factor en contra del sector, sino todo lo contrario.
Finalmente, los especialistas de F Ruiz e Hijos señalan que dicho registro se constituye en un reconocimiento temporal que permite a las personas que encuadren en este supuesto, continuar con sus actividades bajo parámetros legales definidos, evitando afectaciones a la continuidad operativa de sectores productivos, al tiempo que se establece un canal formal de interacción con la autoridad para brindar claridad sobre el alcance de estas actividades en el suministro de Petrolíferos. Al respecto la firma F.RUIZeHijos enfatiza que bajo el contexto previamente descrito es urgente que todas las personas y empresas que sean parte de este supuesto, se registren con la autoridad tan pronto se emita la regulación, ya que los tiempos para la misma son limitados y hacerlo a tiempo estarán garantizando la operación de su negocio, evitándose multas, sanciones o incluso hasta la interrupción del suministro de combustible por no estar enlistados en el registro que publicará la autoridad próximamente.